FSC-CCOO Euskadi | 11 agosto 2026.

LA JUSTICIA CONDENA A LA EMPRESA AMBULANCIAS GIPUZKOA S. COOP POR PERSECUCION SINDICAL DE UN DELEGADO DE CCOO.

  • DESCALABRO JUDICIAL DE AMBULANCIAS GIPUZKOA: CONDENA DE 40.000 EUROS POR PERSECUCIÓN SINDICAL

09/06/2026.
Ambulancias Gipuzkoa

Ambulancias Gipuzkoa

El fallo impone la máxima indemnización de 40.000 euros por daños morales ante la gravedad de la represalia y la reincidencia infractora de la cooperativa.

La Sección de lo Social del Tribunal de Instancia de Donostia-San Sebastián ha dictado una resolución que evidencia de forma severa las prácticas de gestión y persecución laboral en la empresa Ambulancias Gipuzkoa S. Coop.

La Magistrada-Juez ha fulminado la sanción de 20 días de suspensión de empleo y sueldo impuesta al Delegado de Prevención de CCOO, declarándola nula de pleno derecho por vulneración flagrante de los Derechos Fundamentales a la Libertad Sindical y a la Garantía de Indemnidad.

Los hechos constitutivos de la demanda ocurrieron el 2 de septiembre de 2025 en la base de Elgoibar, cuando el delegado inmovilizó técnicamente la unidad asistencial 202 tras documentar una degradación estructural masiva (deshilachado y pérdida de masa) en el cinturón de seguridad del piloto.

Pese a que la dirección calificó la actuación de "imprudente", el tribunal ha dictaminado que la intervención de CCOO fue "del todo correcta y muy precavida, con un claro fin de salvaguardar la integridad de los trabajadores como de los usuarios”. La cooperativa pretendió sostener la legalidad del vehículo mediante un informe de un ingeniero de la ITV de Urnieta, que calificaba la rotura del cinturón de seguridad como "defecto leve" e indicaba que un cinturón cumple su función si "roto no está". Dicho informe ni siquiera fue ratificado por la empresa en el acto del juicio. Por el contrario, la juzgadora asumió íntegramente la testifical del supervisor jefe de la ITV de Urnieta con 39 años de trayectoria técnica, quien catalogó el estado de la pieza como una "falta muy grave" que inhabilitaba legalmente al vehículo para circular, obligando a su traslado directo al taller. La declaración del jefe de la ITV destapó, asimismo, que el perito de la empresa en el que Ambulancias Guipuzcoa se apoyó para justificar la sanción, trabaja de forma interna en la propia estación pública de la ITV, incurriendo en una incompatibilidad manifiesta, al tiempo que ejerce actividades mercantiles privadas de compra y transformación de ambulancias.

La cuantía de 40.000 euros impuesta a la empresa responde a criterios de proporcionalidad ante la gravedad del descrédito intentado contra el representante de los trabajadores de CCOO y la acreditada reincidencia de la cooperativa, que ya había sido condenada con anterioridad por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) por conculcar los derechos del mismo delegadoCCOO comunica que no tolerará el uso del poder disciplinario para encubrir deficiencias en el mantenimiento de la flota de emergencias y exige la depuración inmediata de responsabilidades en las direcciones de Logística y Prevención de la cooperativa, cuya temeridad operativa ha supuesto un perjuicio económico directo a las cuentas de la entidad y una desatención evidente como prestador de este servicio público, que el Gobierno Vasco deberá vigilar con mayor rigor, situación que ha sido denunciada por el conjunto de sindicatos de manera permanente.