FSC-CCOO Euskadi | 3 mayo 2024.

CCOO valora muy positivamente el pre-acuerdo alcanzado para la mejora de condiciones de los y las trabajadoras del sector de Actividades Deportivas a Terceros, ADT.

    El valor de la unidad sindical mantenida a lo largo de la negociación ha facilitado el camino para alcanzar los objetivos que tras una huelga secundada por la gran mayoría han sido claves para presionar tanto al Ayuntamiento como a las empresas y han permitido alcanzar un buen acuerdo para los próximos años con avances importantes en las condiciones laborales del Sector.

    12/05/2022.
    Actividades deportivas

    Actividades deportivas

    CCOO destaca entre otras mejoras los incrementos salariales, reducción de horas de la jornada anual, así como mejoras en la parte social.

    SALARIO: para 2022, los grupos I, II y III una subida del 1,5% y el grupo IV una subida del 2%. Para el 2023, los grupos I, II y III una subida del 2% y para el grupo IV una subida del 2,5%. A partir de octubre de 2023, a aplicar la siguiente fórmula: o Grupos I, II y III: SUMA DE IPC’s de 2019-2022 – 3,5% (subidas aplicadas) – 1 o Grupo IV: SUMA DE IPC’s de 2019-2022 – 4,5% (subidas aplicadas)

    JORNADA: 1.592 horas/año para los grupos I y II, y 1.705 horas/año para el grupo IV

    ANTIGÜEDAD: 3% por trienio (máximo 5 trienios), a partir de octubre de 2023.

    DESPLAZAMIENTO: se computa como tiempo efectivo de trabajo hasta un máximo de media hora todo desplazamiento realizado entre distintos centros siempre y cuando no se exceda de 1 hora entre servicio y servicio (máximo 3 desplazamiento al día).

    BLINDAJE: prevalencia frente a otros de ámbito superior (estatal).

    SUBROGACIÓN: se mejora lo ya establecido en convenio, incluyendo lectura fácil.

    VACANTES: se garantiza que las sustituciones sean más imparciales y objetivas, no quedando a la libre y arbitraria designación como hasta ahora .

    RESPONSABLES DE SERVICIO: plus de 140 €/mes .

    ELECCIÓN DE CUADRANTES: se elaborará un listado de cuadrantes que tendrá que ser consensuado entre la patronal y la parte sindical, y en cuanto a elección de cuadrantes, que se desarrollará en el convenio, con la siguiente prioridad: primero por antigüedad, y en segundo lugar en caso de coincidencia, por porcentaje de contratación (de jornada realizada).